El ejercicio profesional de la psicología en Argentina está regulado por un entramado complejo de normativas. No existe un solo código único, sino una combinación de leyes nacionales, provinciales y códigos de ética locales. En este articulo tratamos de resumir aspectos de la Ética en Psicología ( buenas y malas prácticas).Aqui hablaremos de los Peligros Ocultos: Ética en Psicología y Malas Prácticas .
Para un terapeuta, conocer este marco legal no es una mera formalidad académica; es la herramienta fundamental para respaldar su práctica diaria ante cualquier auditoría, obra social o Tribunal de Ética. Esta guía práctica resume los principales indicadores de buena praxis en psicología y las señales de alarma que todo profesional debe evaluar en su consultorio.

Guía de Buena Praxis en Psicología: Aspectos Legales y Éticos en Argentina
Aquí hablaremos sobre los peligros Ocultos: Ética en Psicología y Malas Prácticas
1. Marco Normativo del Ejercicio Profesional de la Psicología
Para garantizar una buena praxis en psicología, es indispensable conocer las leyes que rigen según la jurisdicción donde se ejerza:
Ámbito Nacional
- Ley 23.277 (Ejercicio Profesional de la Psicología): Regula la actividad en CABA y Tierra del Fuego. Es la base histórica de la mayoría de las leyes provinciales; exige título habilitante, matrícula y prohíbe explícitamente el préstamo de firma o la publicidad engañosa.
- Ley Nacional de Salud Mental 26.657: Establece el consentimiento informado como el eje rector de las intervenciones, defiende el derecho a recibir tratamientos con base científica y determina que la internación involuntaria es un recurso excepcional ante riesgo cierto e inminente.
Normativas Provinciales
- Provincia de Santa Fe (Ley 9.538): Rige en todo el territorio provincial a través del Colegio de Profesionales de la Psicología (1ª y 2ª Circunscripción). Prohíbe aplicar técnicas sin validación científica y penaliza la violación del secreto profesional del psicólogo. Se complementa con la Ley Provincial de Salud Mental 10.772.
- Provincia de Buenos Aires (Ley 10.306): Controlada por el ColPsiBA. Prohíbe anunciarse como especialista sin el registro correspondiente y difundir técnicas personales en medios masivos sin aval científico previo.
- Provincia de Córdoba (Ley 7.106 y Ley 8.312): Su código de ética destaca la obligación del profesional de suspender o limitar su actividad si sus conflictos personales interfieren con su juicio clínico. También exige denunciar el ejercicio ilegal (curanderismo).
2. Pilares de la Buena Praxis en Psicología
¿Qué busca encontrar un Tribunal de Ética o una auditoría clínica? El resguardo del paciente y del profesional se apoya en tres grandes pilares:
Encuadre y Documentación Clínica
- Consentimiento Informado: Debe ser explícito, preferentemente por escrito al inicio del tratamiento, y redactado en un lenguaje claro que explique honorarios, modalidad y los límites del secreto profesional del psicólogo.
- Historia Clínica: Registro obligatorio, actualizado y legible de cada sesión, donde se fundamenten clínicamente las decisiones tomadas y la evolución del consultante.
Competencia y Actualización Científica
- Utilizar exclusivamente herramientas y terapias validadas por centros universitarios o científicos reconocidos.
- Reconocer los límites de la propia formación y realizar derivaciones oportunas cuando el caso exceda la competencia del profesional.
Vínculo Terapéutico y Autocuidado
- Evitar relaciones duales: Abstenerse de establecer lazos comerciales, sociales o afectivos con pacientes activos para no nublar la objetividad clínica.
- Monitoreo del profesional: Evaluar la propia salud mental y abstenerse de atender si se atraviesa un cuadro que comprometa el juicio clínico.
3. ¿Cuándo romper el Secreto Profesional del Psicólogo?
El secreto profesional del psicólogo está firmemente protegido en Argentina por el Artículo 156 del Código Penal. Sin embargo, el concepto jurídico de “justa causa” exime al profesional de la reserva para proteger un bien mayor (como la vida o la integridad de personas vulnerables).
Tanto el Colegio de Psicólogos de Santa Fe como el de Buenos Aires (bajo los lineamientos de FePRA) establecen situaciones taxativas para levantar la confidencialidad:
Situaciones Excepcionales para Levantar la Confidencialidad
- Riesgo cierto e inminente: Cuando existe un peligro real y urgente de suicidio, autolesiones graves o cuando el paciente manifiesta la intención inequívoca de dañar gravemente a un tercero identificable.
- Vulneración de derechos de menores o incapacitados: En cumplimiento de la Ley 26.061, es una obligación legal denunciar inmediatamente situaciones de abuso sexual infantil, maltrato físico o negligencia grave.
- Requerimiento judicial legítimo: Ante la citación de un juez en una causa penal. El psicólogo debe comparecer e invocar inicialmente el secreto; si el magistrado ordena el relevamiento por escrito, queda eximido de la reserva para declarar estrictamente sobre lo solicitado.
- Legítima defensa del profesional: Si el paciente inicia una demanda legal o denuncia por mala praxis, el terapeuta puede revelar la información indispensable para ejercer su defensa.
⚠️ Principio de Proporcionalidad y Revelación Mínima: Al romper el secreto, solo se debe comunicar la información estrictamente necesaria a las autoridades competentes, y cada paso de esta decisión debe quedar minuciosamente asentado en la historia clínica.
4. Checklist de Alerta: Señales de Mala Praxis
Utilizá esta tabla de auto-chequeo periódico para evaluar el estado legal y ético de tu consultorio. La presencia sostenida de estas alarmas requiere supervisión inmediata.
| Señal de Alarma | Riesgo Clínico y Ético | Referencia Normativa |
| Ausencia de consentimiento escrito | Vulnera el derecho a la autonomía del paciente. | Ley 26.657, Art. 10 |
| Historia clínica inexistente o incompleta | Impide reconstruir y defender el criterio clínico. | Códigos de Ética Provinciales |
| Uso de técnicas sin respaldo académico | Configura una falta grave por falta de aval científico. | Ley 9.538 (SF); Ley 10.306 (BA) |
| Promesas de curación en publicidad | Publicidad engañosa y falsas estadísticas de éxito. | Ley 23.277, Art. 9 |
| Relaciones duales con pacientes | Pérdida de objetividad y daño al vínculo terapéutico. | Código de Ética FePRA |
| Prescribir o sugerir medicación | Invasión de incumbencias de la práctica médica. | Leyes de Ejercicio Provincial |
| Prestar la firma o matrícula a terceros | Facilita el ejercicio ilegal de la profesión. | Ley 23.277, Art. 5 |
5. Rutina de Autoevaluación Semestral
Para consolidar una buena praxis en psicología, se recomienda hacerse estas cuatro preguntas clave cada seis meses:
- Auditoría: ¿Mis historias clínicas están al día y cuento con los consentimientos informados firmados?
- Competencia: ¿Estoy atendiendo algún caso que excede mi especialidad y debería derivar?
- Límites: ¿Mantengo un encuadre completamente libre de relaciones duales o comerciales con mis consultantes?
- Salud Personal: ¿Mi estado emocional actual afecta de algún modo mi capacidad de escucha y criterio clínico?
6. Sitios Oficiales para Consultas y Denuncias
Para profundizar en la normativa vigente de cada jurisdicción, podés consultar las plataformas de las entidades reguladoras:
- Santa Fe (2ª Circunscripción): Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Santa Fe
- Provincia de Buenos Aires: Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires (ColPsiBA)
- Provincia de Córdoba: Colegio de Psicólogas y Psicólogos de Córdoba
- Federación Nacional: Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA)
Bibliografía y referencias
- Congreso de la Nación Argentina. Ley 23.277 — Ejercicio Profesional de la Psicología. argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-23277-20059/texto
- Congreso de la Nación Argentina. Ley 26.657 — Ley Nacional de Salud Mental. argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26657-175977/texto
- Legislatura de Santa Fe. Ley 9.538 — Ejercicio Profesional de la Psicología (Santa Fe). cpsf.org.ar/normativa/ley-9538-del-ejercicio-profesional
- Colegio de Profesionales de la Psicología de la Provincia de Santa Fe. Estatutos y Código de Ética. cpsf.org.ar/normativa/estatutos-del-colegio-de-psicologos
- Legislatura de Santa Fe. Ley 10.772 — Ley Provincial de Salud Mental. cpsf.org.ar/normativa/ley-10772
- Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires. Ley 10.306 y modificatorias — Ejercicio Profesional. colpsibhi.org.ar/leyes_profesionales
- Asamblea Legislativa de Córdoba. Ley 7.106 — Disposiciones para el Ejercicio de la Psicología (Córdoba). fepra.org.ar — texto de la Ley 7.106 (PDF)
- Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Córdoba (CPPC). Normativa general y específica. cppc.org.ar/institucionales/normativa
- Federación de Psicólogos de la República Argentina (FEPRA). Código de Ética y normativa de todas las jurisdicciones. fepra.org.ar
- Marco Aurelio Real, “Responsabilidad en el Psicoanalisis” Articulo publicado en el sitio seguros_medicos-responsabilidad_profesional_en_el_psicoanalisis.pdf
- Noble Compania de Seguros, “La responsabilidad profesional en Psicología”. Articulo publicado en https://drive.google.com/file/d/1orcUkNt2bxrie5XRn6W-6yrnaxwBhjXY/view

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